Baja tensión eléctrica
Según el Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión de España, se considera instalación de baja tensión eléctrica a aquella que distribuya o genere energía eléctrica para consumo propio y a las receptoras en los siguientes límites de tensiones nominales:
Corriente alterna: igual o inferior a 1000 voltios.
Corriente continua: igual o inferior a 1500 voltios.
Véase también
- Red de distribución de energía eléctrica
- Transmisión de energía eléctrica