Ejido









Ejido (del latín exitus, "salida") es el "campo común de un pueblo, lindante con él, que no se labra, y donde suelen reunirse los ganados o establecerse las eras".[1]​ La primera parte de la breve pero densa definición del DRAE se refiere a su naturaleza comunal, la segunda a su localización periférica, la tercera a su condición de erial,[2]​ y la cuarta a los posibles usos (ganadero en un caso -dehesa- y agrícola en otro -"eras", el lugar destinado a la trilla y al depósito provisional de los granos-).


En México, es considerado propiedad del Estado dependiendo del lugar, es un lugar en el que todo el pueblo siembra para ayudarse entre sí, y así poder usar los recursos para un futuro.




Índice






  • 1 Historia


  • 2 Estructura orgánica del ejido


  • 3 Perspectivas diferentes


    • 3.1 Autonomía


    • 3.2 Edificante de sólidas comunidades


    • 3.3 Argumentos en contra


      • 3.3.1 Limita el desarrollo económico


      • 3.3.2 No establece capital individual


      • 3.3.3 Monopolización por corporaciones






  • 4 Análisis


    • 4.1 Causas


    • 4.2 Posibles consecuencias


    • 4.3 Resultados


    • 4.4 Otras ideas relacionadas




  • 5 Referencias





Historia






Inicialmente, el ejido era un tipo de propiedad comunal anterior a las reformas liberales. Como su etimología indica, los ejidos estaban afuera de los pueblos, eran terrenos de pastizales y bosques, y por tanto eran de uso común, por lo que eran libres para ser divididos o para expandir los asentamientos humanos. Dado que eran tierras sin cultivar, los liberales mexicanos consideraron estos ejidos como "tierras baldías", susceptibles a ser repartidas a individuales, en detrimento de las comunidades indígenas que pretendían mantener su explotación en común, según sus tradiciones y costumbres.


En el último tercio del siglo XIX, se desamortizaron los bienes comunales, particularmente las de los pueblos indígenas, y favorecieron la concentración de las tierras en pocas manos, ya fueran hacendados, compañías deslindadoras o empresas petroleras o ferroviarias. La concentración de la tierra en pocas manos tuvo distintos matices en México, pero la Ley Agraria de 1915 (confirmada por la Constitución de 1917) abolió dicho sistema, bajo una Reforma agraria que no se consolidó hasta la presidencia de Lázaro Cárdenas, en 1934.


Los gobiernos emanados de la Revolución mexicana retomaron el nombre de ejido para el nuevo sistema de tenencia de la tierra. El propósito inicial de la reforma agraria, a través del sistema de ejidos, fue el de restablecer la propiedad de quienes habían sido despojados de sus tierras durante la desamortización civil, aunque el repartimiento se extendió posteriormente a los campesinos sin tierras. Dicho reparto se dio a través de ejidos, que poseían personalidad jurídica y representación propia frente a las autoridades municipales, estatales y federales, sin posibilidad de ser vendidas o heredadas. Estaba formado por comunidades rurales concentradas en un asentamiento principal, cuya producción agrícola, ganadera o forestal tenía propósitos económicos, pero también una parte para el autoconsumo.


Cabe mencionar que en diversos estados, como Veracruz, Michoacán y Yucatán, en la década de 1920, la formación de ejidos estuvo vinculada a movimientos agrarios y políticos regionales que trataban de imitar las granjas colectivas soviéticas.



Estructura orgánica del ejido


El ejido en México tiene tres órganos: la Asamblea, el Comisariado Ejidal y el Consejo de Vigilancia.


La Asamblea Ejidal es el órgano supremo del ejido; en ella participan todos los ejidatarios sin mediación alguna, es una suerte de democracia directa. Ésta se reúne cada seis meses ordinariamente, pero puede ser convocada en cualquier época a pedido del Comisariado Ejidal o del Consejo de Vigilancia; por iniciativa propia o por pedido de al menos 20 ejidatarios o del 20% del total de los ejidatarios; también un órgano fuera de la estructura ejidataria puede convocarla; tal sería el caso cuando aquéllas rehusaran convocar a la Asamblea o no lo hicieren en un plazo de cinco días; entonces la Procuradoría Agraria podrá convocar a dicha asamblea ejidal.


El Comisariado Ejidal es un órgano ejecutivo, constituido por un Presidente, un Secretario y un Tesorero, cada uno con un suplente. Bajo su cargo está la ejecución de las determinaciones de la Asamblea, así como la representación del ejido para los efectos legales estipulados por la Ley Agraria, así como la administración de los bienes ejidales. Éste tendrá las facultades que tiene un Apoderado General para actos de administración, pleitos y cobranzas. Nótese que jamás de dominio, siendo éste un cuerpo colegiado; no debe confundirse con ningún tipo de comisario, sino que para sus funciones depende del consenso de sus tres miembros.


El Consejo de Vigilancia se constituye por un Presidente, un Primer Secretario y un Segundo Secretario, cada uno con su respectivo suplente. Este cuerpo auditor actuará escrutando las actuaciones del Comisariado, asegurándose de que se cumplan las leyes agrarias, así como las internas dadas por el ejido. Durarán en su cargo hasta tres años, y no podrán reelegirse por un periodo idéntico al que estuvieron bajo el carácter de propietario y, de no convocarse a elección, pasados los tres años, automáticamente aquellos que eran suplentes conviértense en propietarios; esto mismo vale para el Comisariado Ejidal.



Perspectivas diferentes


El sistema ejidal no está sin su grupo de seguidores, pero igualmente existen aquellos que critican su eliminación. A continuación se describen algunos de los argumentos a favor y en contra del sistema ejidal.



Autonomía


Hay quienes indican que ha habido "poca discusión sobre los múltiples beneficios que sí logró el sistema ejidal. Se apunta, por ejemplo, a "la autonomía de la que gozaron algunas comunidades indígenas, ya que la asamblea comunitaria es similar a órganos tradicionales de estas comunidades".[cita requerida]



Edificante de sólidas comunidades


Algunos defensores del sistema ejidal recuerdan que "los aztecas crearon un imperio basado en tierras comunales, así como los incas, mayas, egipcios, etcétera". Y añaden que "el que la propiedad privada sea un invento occidental-cristiano poco tiene que ver con el fracaso del ejido.



Argumentos en contra



Limita el desarrollo económico


Algunos sostienen que "el sistema ejidal es dañino para el desarrollo económico [de un país] debido a la carencia de incentivo". Establecen que esto se debe a la falta de propiedad de los campesinos sobre la tierra en cuestión. Explican que, al no existir tal propiedad, no puede existir desarrollo económico en un país, dado que la existencia de ejidos, por su propia naturaleza económica, opera contrario a los principios de viabilidad para el crecimiento económico de los países. Presumiblemente el argumento se basa en que la industrialización es la base del desarrollo económico de un país.



No establece capital individual


Otro punto que se nota es que "el campesino [que] no es dueño de [una] parcela no tiene motivo para cuidar de ella". Afirman que "debido a esa falta de propiedad sobre la tierra, los campesinos no pueden usar ese capital para obtener préstamos", lo cual permitiría un desarrollo aún más adelantado del crecimiento económico del campesino. En esencia este punto destaca que no es posible la superación económica individual usando como base el sistema ejidal.



Monopolización por corporaciones


Algunos contrastan el sistema comunitario indígena azteca con el sistema cristiano-occidental de la propiedad privada y explotación de tierras. Apuntan a "la creciente monopolización de compañías como Del Monte y Dole sobre campos de cultivo mexicanos" como evidencia de estas dos vastamente divergentes filosofías y a la incluida falta de protección de parte del gobierno mexicano para proteger el sistema ejidal de los campesinos.



Análisis


Hay quienes intentan analizar las causas del fracaso o desaparición del sistema de ejidos.



Causas


Algunos opinan que "la [tragedia del fracaso de los ejidos fue] la monopolización por corporaciones de tierras que son mono-cultivadas con cultivos de exportación que pagan salario mínimo para campesinos [quienes ya no disfrutan de la seguridad que les proveía ser], dueños directos su propia tierra".


Otros indican que el fracaso del ejido [es el resultado de] "la influencia corporativa norteamericana desesperada por tomar el control de las cosechas latinoamericanas".



Posibles consecuencias


Unos alertan que con la eliminación de los ejidos, incluso una pequeña propiedad privada hoy pueda llegar a ser. Mientras que otros advierten que, de proseguir así, "las mejores tierras de cultivo mexicanas quedarán inservibles gracias a [cantidades superlativas de] fertilizantes e insecticidas y a prácticas [contra-productivas] de monocultivo que usan [las grandes] corporaciones, [quienes] están [adquiriendo de forma rápida] las mejores (...) propiedades del país".



Resultados


Con una sensación de frustración, lamentan que aun cuando se efectuó un traslado oficial del sistema de ejidos a un sistema de propiedad individual, esto no garantizó la prosperidad de los campesinos. "El que el ejidatario se volviera dueño de su parcela no lo volvió propietario de su tierra -sólo le puso un precio para que corporaciones pudieran sonsacarlo de sus parcelas". Recuerdan que la falta de apoyos reales de parte del gobierno [mexicano] a los campesinos consiguió "la entrada de miles de productos agrícolas importados que se venden a una quinta parte de lo que cuesta producir el mismo producto en México," y que por consiguiente "no le queda otra [alternativa al] campesino más que malbaratar su tierra para sobrevivir unos meses más". Añaden que una vez se les termina el pequeño pago que la corporación extranjera le dio por su parcela al campesino no le queda otra alternativa que "trabajar por el salario mínimo en la tierra que antes poseía".
También hay peleas entre los ejidatarios.



Otras ideas relacionadas


Existen algunas otras ideas tales como la que "el fracaso del ejido tiene que ver más con la incorrecta redistribución de tierras", y la que critica que el fracaso del ejido tiene que ver más con "la negligencia y corrupción de gobiernos estatales y federales". Sin embargo, no se ha hallado base alguna para estas críticas.



Referencias




  1. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014). «ejido». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa. ISBN 978-84-670-4189-7. 


  2. Real Academia Española y Asociación de Academias de la Lengua Española (2014). «erial». Diccionario de la lengua española (23.ª edición). Madrid: Espasa. ISBN 978-84-670-4189-7. 








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